La primera relación de igual a igual que se tiene en la vida, es la de hermanos. Un hermano es aquella persona que camina junto a ti, con quien compartes sueños y superas fracasos, con quien aprendes a amar jugando. Con un hermano entiendes lo que significan el perdón, pero también la grandeza y la generosidad.
Dicen que quien tiene un hermano, tiene un tesoro y, es que, sin duda, tiene al mejor de los compañeros posibles de vida.
Hemos visto durante días en nuestros televisores la ternura de Olivia en los cuidados hacia su hermana y, la admiración hacia Olivia en la mirada de la pequeña Ana. Las dos se han visto obligadas a partir, en un desgarro de inimaginable violencia, hacia lo más profundo de ese mar que un día las meció en su vaivén y siempre acariciaba entre juegos y risas.
Desesperanza, impotencia, desconcierto, incomprensión, desazón, engaño, traición, rabia, ira, enojo, angustia, tortura, pena y tormento son algunos de los sentimientos que junto al más tremendo y desgarrador dolor sintieron unas desesperadas madres y el resto de seres humanos que, estupefactos, escuchábamos como entre llamas o entre las corrientes y la sal del mar se perdían los pequeños cuerpos de a quienes, aun siendo niños, se les obligó a ser aparejo o instrumento del peor de los tormentos.
Pero, aun así, nos queda el consuelo de pensar que Ruth y José, Olivia y Ana, entre otros muchos hermanos y niños, siempre estuvieron juntos y se dieron el cariño y el apoyo necesarios hasta que al final de sus tiernas vidas vieran como sus almas se entrelazaban para, con toda su luz, llenar de fuerza el corazón vacío de sus afligidas madres.
En anteriores post hemos tratado el tema de la alienación parental. Decíamos que se trataba de «un trastorno caracterizado por un conjunto de síntomas que resultan del proceso por el cual un progenitor transforma la conciencia de sus hijos, mediante distintas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor hasta hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su condición«. ES UN TRASTORNO EMOCIONAL QUE SE DA, PRINCIPALMENTE, EN EL ÁMBITO DE LOS PROCESOS JUDICIALES DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO.
Pero, desgraciadamente, la violencia adopta innumerables formas y procede, muchas veces de quien, aunque quizás sospeches, nunca esperas. La “violencia vicaria o violencia por interpósita persona” no está reconocida expresamente por la ley pero, desde 2015 se recoge jurisprudencialmente como una forma de violencia, que supone el uso de los hijos, por parte del agresor, como herramienta para hacer daño al otro progenitor.
Mediando esta forma de violencia, un progenitor realiza una agresión sobre los hijos en sustitución del otro progenitor, que en realidad es su principal objetivo.
Es cierto que, por el momento, en los casos de violencia vicaria que se han dado a conocer públicamente, son los padres quienes han ejercido esa violencia instrumental y atroz sobre las madres. Pero, en caso alguno, en mi opinión, debería entenderse como una violencia solo machista –como en muchos medios de información y de comunicación se indica-, pienso que, es un error pensar que solo los hombres pueden instrumentalizar el odio hacia las madres de sus hijos mediando una violencia desmedida hacia estos, sino cualquier padre o madre, por desgracia.
Qué es más habitual es un hecho, pero, lo cierto es que también hay madres que para hacerles daño a sus exparejas acaban con las vidas de sus hijos o deciden desaparecen con ellos o acabar violentamente con sus vidas ejerciendo misma violencia vicaria hacia esos padres que esperan angustiados poder, algún día, volver a ver a esos hijos que les han sido también arrancados.
Así pues, pienso que la violencia vicaria, con independencia del género, existe y, puede darse y se da también en madres que sustituyen la rabia y odio hacia el padre, tristemente, en los hijos comunes. Es cierto que se da en menor medida, pero también existen y por ello no deberíamos olvidarnos. Recuerdo el caso de un padre a quien la madre le privó de su hija desapareciendo y sin dejar rastro, condenando al padre a vivir en constante búsqueda de su hija y esperando poder algún día volver a saber de ella si es que está aun viva.
¿Cuáles son las señales de que estás siendo víctima de violencia vicaria?
Si en cualquier momento te encuentras con alguna de estas señales, podrías ser víctima de violencia vicaria:
- Si por ejemplo utiliza a tus hijos para dañarte, te amenaza con quitártelos, o te dice que nunca más los verás.
- Si te amenaza con matar a tus hijos o te dice que te va a dar donde más te duele.
- Si te amenaza o humilla en los momentos de recogida o retorno de los menores durante el régimen de visitas o si habla mal de ti y de tu familia en presencia de los hijos.
Ante cualquiera de estas situaciones, debes permanecer alerta y pedir ayuda a profesionales que, sin duda, te asesoraran al respecto y de la mejor manera.
El gran Mahatma Gandhi decía que “los medios violentos nos darán una libertad violenta”. Y esta es una cita totalmente cierta. Con violencia nunca se obtiene libertad. Siempre quedas preso entre sentimientos de ira y odio que jamás te llevarán a encontrar una solución libre.
Pero, ¿cómo es posible instrumentalizar un dolor eterno hacia el otro de los progenitores mediando a unos hijos menores de edad e indefensos?
El artículo 39.4 de la Constitución Española dispone que “los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”.
A partir de la promulgación de la Convención en 1989. Se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Los principios fundamentales de los Derechos del niño son:
- Derecho a la no discriminación, pues todo niño tiene derecho a no ser discriminado por ningún motivo.
- Derecho al interés superior del niño: cualquier decisión, ley o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño
- Derecho a la educación: todo niño tiene derecho a recibir una educación adecuada.
- Derecho a un nivel de vida: todo niño tiene derecho a vivir en un entorno familiar que le permita la supervivencia y el desarrollo adecuado.
- Derecho a opinión: todo niño tiene derecho a expresar su opinión y que esta se tenga en cuenta en cualquier asunto que le afecte.
- Derecho a una vivienda digna: todo niño tiene derecho a vivir en un espacio adecuado para su desarrollo.
- Derecho a la alimentación: todo niño tiene derecho a recibir alimentación, y será competencia del Estado garantizarla en ausencia de padres o tutores que puedan proporcionársela.
- Derecho a la expresión: todo niño tiene derecho a solicitar, recibir y difundir cualquier información e idea a menos que vulnere el derecho de otros.
- Derecho a la salud: todo niño tiene derecho a recibir atención sanitaria.
- Derecho a nombre y nacionalidad: todo niño tiene derecho un nombre desde su nacimiento y a obtener una nacionalidad.
Pero, y aunque a todo progenitor se le presuma un amor incondicional hacia sus hijos, quizás, no estaría de más, visto lo visto, añadir como derecho primordial de los hijos el derecho a la vida y a que sus padres les protejan de cualquier peligro y les cuiden y velen por ellos.
Siempre hay que proteger el interés superior de los menores. De este modo, el Tribunal Supremo de conformidad con la Observación General n.º 14, de 29 de mayo de 2013, del Comité de los Derechos del Niño, sobre el derecho del niño, a que su interés superior sea una consideración primordial, indica que estamos ante:
«Un derecho sustantivo y primordial donde se evalúen y tengan en cuenta distintos intereses para tomar cualquier decisión que afecte a un niño, a un grupo de niños concreto o genérico o a los niños en general (…).
Un principio jurídico interpretativo fundamental que implica que ante más de una interpretación jurídica posible se elegirá la interpretación que satisfaga de manera más efectiva el interés superior del niño (…).
Y, además, el interés superior del niño es una norma de procedimiento: porque siempre que se tenga que tomar una decisión que afecte a un niño en concreto, a un grupo de niños o a los niños en general, el proceso de adopción de decisiones deberá incluir una estimación de las posibles repercusiones (positivas o negativas) de la decisión en el niño o los niños interesados. La evaluación y determinación del interés superior del niño requieren garantías procesales (…)«.
Los niños son seres puros, inocentes, limpios y libres a los que nunca se debería utilizar para instrumentalizar venganzas ni iras.
A Ruth y a José, a Olivia y a Ana se les sesgó la vida. Sus padres decidieron que el mayor dolor que podrían recibir sus madres sería no volver a sentirles cerca, no poder volver a abrazarles, ni besarles. Nunca ya les verían crecer o conseguir sus sueños.
Y, en ese empeño de ejercer una violencia vicaria, en el de generarles el mayor sufrimiento posible a sus ex mujeres, desde una maldad insana que escapa a toda explicación, deciden utilizar a sus hijos como meros instrumentos de una tortuosa y desgarradora ausencia que hundirá y sumirá en un infinito dolor las vidas de sus ex parejas pero, quitándoles la vida a esos seres que fruto de un amor, hoy viciado, un día ellos junto a ellas crearon.
Dicen que “la muerte es el comienzo de la inmortalidad” y, en esa idea, en la de que las almas de esos pequeños e inocentes niños nunca mueran es que escribo hoy tristemente este artículo. Para que sus trágicas historias jamás se repitan y, por supuesto, para que sus eternas sonrisas siempre sigan presentes para todos y, en especial para sus familiares y amigos a quiénes hoy, aunque nada seguro les de consuelo, espero que sepan encontrar luz en sus recuerdos para seguir adelante y luchar contra una violencia que, se llame o no vicaria, sea o no de género, jamás debería existir. Quizás haya llegado el momento de revisar leyes, protocolos y procedimientos que, en todo caso deberían proteger a toda víctima mucho antes de que su verdugo consiga siempre salirse con la suya.