LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y REDES SOCIALES

Vivimos conectados a un mundo de brillo y color donde gana el que viaja a más sitios o al país más desconocido o al que está más lejos. Aquél que tiene más planes o es invitado a más fiestas, también gana. Y, solo vemos luces, pero vivimos tapando sombras que a todos nos rodean.

Hablamos en términos de seguidores y seguidos, nos enviamos mensajes vacíos de sentimiento y contenido pero que te atrapan en forma de sugerentes “hashtags”, nos buscamos sin mirarnos entre frías listas de a los que llamamos sin serlo amigos.

Nos felicitamos con nuestra mejor foto, hacemos público nuestro día a día por “storie”, elegimos nuestra ropa y maquillaje de entre cientos de publicidades, bailamos a golpe de repetidos “reels” o de “tik tok”, crecemos y nos promocionamos mediante campañas y, ya no nos decimos “me gustas” mientras nos acariciamos y cogemos de la mano. Ahora nos regalamos rojos y perfectos corazones sin que nos rocen caricias o nos emocionen besos.

Nos conectamos a partir de intereses y valores comunes, creamos relaciones de forma rápida y sin límites. Nos conectamos desde cualquier lugar y transmitimos informaciones sin parar.

El uso de las redes sociales es hoy, ya algo general. Cualquier marca o empresa interactúan mediante ellas con sus clientes, comparten su visión, conocen sus gustos, interaccionan directamente y resuelven sus problemas de manera virtual.

Las personas nos entretenemos, conocemos o nos divulgamos de manera virtual –facebook, Instagram, Linkedln, Twitter, WhatsApp, YouTube, etc.-, y sin darnos cuenta, exponemos nuestra vida personal o profesional e incluso, a veces, nuestra intimidad.

Pero al compartir públicamente algo en redes sociales, nos exponemos a que todas aquellas personas que nos siguen o que pueden ver lo que compartimos, puedan manifestar u opinar sobre ello.

Nadie espera pero que, de aquellos a los que consideras “amigos” o que te siguen, además de opiniones más o menos acertadas, puedan surgir críticas que, disimuladas o disfrazadas del derecho a la libertad de expresión, atenten contra la integridad o contra la seguridad y salud mental de la persona que se ha expuesto públicamente.

Las burlas, los insultos, las amenazas y el acoso pueden causar tanto dolor, tristeza, depresión e incluso miedo que, con esa triste e incomprensible presión en las redes sociales, hay personas que, desde un cobarde anonimato, empujan al burlado e insultado hacia un oscuro abismo.

La Organización Mundial de la Salud (OMS), dice que “cerca de ochocientas mil personas se suicidan al año, siendo ésta la segunda causa de muerte entre adolescentes y adultos jóvenes desde 2016. Muchos de estos casos han sido asociados a la presión ejercida en las redes sociales por burlas, acoso, distorsión de la realidad y la promoción de trastornos de ansiedad y depresión”.

Hace escasos días, el suicidio de la gran actriz Verónica Forqué, ha reabierto el debate sobre la libertad de expresión y las redes sociales. Poco tiempo antes de fallecer, fue duramente criticada en redes sociales por su paso por el programa Masterchef Celebrity 6. “Abusona”, “tirana”, “maleducada”, “solo sirves para provocar ansiedad a los que te rodean”, “esta señora tenía que estar en un frenopático”, “insoportable”, “grosera”… estos son algunos de los insultos que tuvo que soportar alguien que, desgraciadamente, no se encontraba en su mejor momento y a quien su mente le falló y dejó sola en la oscuridad de sus sordos lamentos.

Los contenidos de las redes sociales corren y circulan a gran velocidad y, muchas veces desde perfiles falsos. Desde hace un tiempo, las redes sociales se han convertido en un canal para perpetrar delitos que, en todo caso, se deberían castigar, porque aunque el derecho internacional protege la libertad de expresión, hay casos en los que, de conformidad con ese mismo derecho, lo legítimo es limitarla.

El artículo 19 de la Declaración universal de Derechos Humanos, recoge el derecho a la libertad de expresión: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

El artículo 20 de nuestra Constitución Española reconoce y protege los derechos a: “ a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

Igualmente, el mismo artículo dice que “ el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa”. Y, añade que “la ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.”

Pero, el mismo artículo establece límites y, es que “estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial”.

La defensa de la libertad de expresión ha sido siempre parte esencial del trabajo de toda lucha por la defensa de los derechos humanos. Además, la libertad de expresión es inherente a otros derechos humanos, como el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión que, sin ella, no podrían realizarse plenamente.

Pero, tu libertad acaba donde empieza la de los demás. Puedes opinar, manifestar lo que algo te parece o aquello que tú crees o piensas. Pero, en caso alguno puedes ofender, insultar, amedrentar, amenazar o violentar a alguien.

La libertad de expresión nunca va a poder convertirse en un derecho a poder insultar a los demás, por lo que, reciente jurisprudencia determina que quien insulte de manera indiscriminada a alguien no puede quedar impune y, será responsable de un castigo e incluso, de la perpetración de un delito.

Pero, no tan solo quien insulta o ejerce violencia contra otra persona en redes sociales puede ser castigada, sino que las plataformas o redes sociales en las que se dan ese tipo de delitos, pueden ser igualmente responsables si conocen de manera efectiva que en su canal se está produciendo o se ha producido un acto o hecho que vulnere un derecho fundamental de otro usuario o persona y no hagan nada para intentar evitarlo o para minimizar esos daños causados u ocasionados a la víctima.

Las redes sociales deben actuar con la debida diligencia y, por ello, deben bloquear la cuenta del usuario que atente contra los derechos de otro, o suprimir cualquier publicación que resulte injuriosa o que amenazante.

No se puede permitir que se menoscabe la integridad, salud o el buen nombre de otra persona, por lo que, aunque exista una línea muy fina entre la comisión de un delito y la libertad de expresión, aunque los hechos se den en redes sociales, es decir, en el plano virtual, el ataque es real, por lo que si te sientes víctima de cualquier menoscabo, debes emprender acciones judiciales para frenar cualquier intromisión que consideres ilegítima. Solo así se puede hacer frente al “ciber acoso” y podrás ser indemnizado por los daños y perjuicios que se te hayan causado.

Gracias a las redes sociales, nos conocemos, nos comunicamos, relacionamos y trabajamos, pero no pierdas el control sobre lo que dices, a quien se lo dices, sobre tus ideas y opiniones. Respeta a los demás porque, tu libertad acaba donde empieza la de los demás.

 

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