La jurisdicción voluntaria y el cambio de centro escolar en situaciones de acoso cuando no hay consenso”.

Dicen que “la empatía es la intención de comprender los sentimientos y emociones, intentando experimentar de forma objetiva y racional lo que siente otro individuo.

La empatía hace que las personas se ayuden entre sí, que alguien consiga emocionarse al sentir cómo se siente el otro.

En muchos de nuestros artículos del Blog, nos referimos de una u otra forma a la empatía y a lo importante de la misma en el trabajo, en cualquier profesión, pero, en particular, en la nuestra y, evidentemente, en nuestras relaciones y en la vida en general.

Quizás, si todos nos aplicásemos, solo un poquito, en crecer en valores y en principios en lugar de hacerlo en actitudes negativas, egos y miedos, este mundo sería mejor o caminaríamos por la vida sintiéndonos, seguro, mucho más ligeros y libres. Y es que, tu libertad acaba donde empieza la mía, o donde comienza la libertad de Ana, de Pedro, de Juan, Cristina e incluso de la de Izán quien, con tal solo 11 años, al querer compartir un trozo de tarta con cada uno de sus compañeros de esa clase en la que, todo niño, quiere encajar, resulta que en lugar de felicitaciones, recibió el desprecio de quienes se sintieron en la libertad de faltarle al respeto y de herirle en sus sentimientos. Entre risas e insultos, hundieron cada vez más y más la ilusión de un niño que, tras uno de los días más tristes de su vida, llegó a casa sintiéndose humillado y sin ganas de continuar viviendo.

¿En serio? ¿De verdad que ni tan siquiera a esa edad podemos darnos cuenta del dolor que nuestras palabras o que nuestras acciones, desprecios o actos pueden causar en los demás? ¿Hace falta ignorar, humillar o desplazar al otro para avanzar?

En absoluto. El gran Charles Chaplin decía: “mi dolor puede ser la razón de la risa de alguien, pero mi risa, nunca debe ser la razón del dolor de ese alguien”.

En todo grupo suele haber un líder y, a veces, en grupos cerrados, puede imponerse un falso líder que, a la fuerza, ejerce presión negativa sobre el resto o sobre alguien del grupo a quien considere blanco fácil o claro rival. El resto, suelen sentirse presionados a encajar para continuar formando parte del grupo y no sentirse rechazados. PERO, esa presión, a veces, puede hacer insostenible e insoportable la vida del que, por ser más débil física o emocionalmente más sensible, recibe el hostigamiento del líder o del resto del grupo.

La vida de un menor o de un adolescente no siempre es fácil y, desgraciadamente, la empatía siempre ha estado algo devaluada, por lo que son muchos los niños y niñas, e incluso, adultos que o ahora o en su infancia, se vieron obligados a pasar por situaciones de humillación o abuso en un sin sentido que, a alguno de ellos, les ha afectado o afecta enormemente en sus relaciones y en su vida futura.

No encajar, es más fácil de lo que parece: vestir diferente al grupo, tener más personalidad o una personalidad más fuerte, ser más inteligente, tener algún problema o defecto físico como ser más bajito de lo normal o mucho más alto, usar gafas, prótesis, ser más o menos gordito, ser más o menos tímido o introvertido…son solo alguno de los ejemplos que ciertos hostigadores pueden utilizar contra ese “valiente diferente”.

Y es que, ya lo decía Shannon L. Alder: “te odiarán si eres guapo, te odiarán si tienes éxito, te odiarán si tienes razón. Te odiarán si eres popular o si llamas la atención. Te odiarán si los demás te quieren o si adoras a una versión de Dios diferente”.

Ante cualquier situación de acoso, debes poner, como padre, total atención en tu hijo y mirar de obtener cualquier tipo de prueba. Reúnete con el centro escolar, graba las comunicaciones si es necesario o situación de agravio hacia tu hijo y, comunícalo al tutor del menor. Lo mejor es poder dejar constancia escrita de ello. Si el tutor no hace nada o lo que hace no es suficiente comunícalo, nuevamente por escrito, al director del centro o jefe de estudios. El siguiente paso es la Inspección de Educación y, por último la Dirección Provincial de Educación. Si aun así no hay solución se puede acudir a la vía judicial ya sea administrativamente, o mediante el inicio de acciones civiles o penales, según el caso concreto en el que se encuentre el menor.

Otra opción es la de alejar al menor del agresor o agresores mediante un cambio de centro escolar. Es importante que, ante una situación de acoso, los padres recaben la ayuda de un profesional para que les asesore al respecto de los pasos a seguir.

Aun lo expuesto, y aunque el acoso escolar es una de las situaciones que, de urgencia, suele darse en cuanto a la necesidad de cambio de centro escolar de un menor, no es la única. Los padres suelen también querer cambiar de colegio a sus hijos por discrepancias entre los progenitores sobre el plan o sistema de estudios, cuando el menor no aprovecha las clases o no tiene el rendimiento adecuado que se le presume, cuando existe una discrepancia en cuanto a si el centro escolar o de formación debe ser público o privado, religioso o laico, incluso, a veces, es el propio menor quien pide un cambio de centro escolar y son los propios progenitores quienes no se ponen de acuerdo con respecto a la necesidad o no del mismo.

A veces, los propios padres, son quiénes, empeoran sin quererlo la situación. La patria potestadrepresentación general y de administración– que los padres tienen sobre sus hijos menores de edad, suele ser de ejercicio conjunto de ambos progenitores. Mientras ambos padres están juntos o casados, no hay problema ni distinción en cuanto al ejercicio de la misma. Es decir, su ejercicio se confunde. Pero, en caso de padres divorciados o separados suelen surgir problemas. Porque, aunque su ejercicio, continúe siendo compartido, existen, en ocasiones, diferencias que, por momentos, parecen insalvables, y no queda otra forma de resolver ciertas situaciones que la de acudir a la vía judicial para que, mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria el Juez o Jueza puedan resolver sobre quien de los dos progenitores, en caso de discrepancia, debe tomar la decisión sobre lo más beneficioso para el menor.

La decisión, de un cambio de centro escolar o centro de formación de un menor de edad, siempre debe ser consensuada entre los progenitores que tengan compartida la patria potestad del hijo y, ello, con independencia de quien tenga u ostente la guarda y custodia de los menores.

Pero, de vez en cuando, a algún progenitor le resulta complicado puesto que, a veces, ni aun viendo los padres la situación de necesidad de cambio de centro escolar del menor, dejan o pueden dejar de enfrascarse en sus malas relaciones o conflictos y, se empeñan en hacer difícil lo sencillo.

En cualquier centro escolar, colegio o instituto requerirán la autorización expresa de ambos progenitores en caso de contar con la patria potestad compartida para proceder a la matriculación de nuestro hijo menor e, incluso para causar baja en su colegio o centro de formación actual. Por ello, como os decimos, ante cualquier falta de consenso relativo al cambio de colegio o de centro escolar de un hijo menor de edad, los padres pueden acudir a la vía judicial e instar un procedimiento judicial de Jurisdicción voluntaria, para solucionar el problema de la escolarización.

El artículo 156 del Código Civil establece que “la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad.” (…) y continúa exponiendo: “en caso de desacuerdo en el ejercicio de la patria potestad, cualquiera de los dos podrá acudir a la autoridad judicial, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá la facultad de decidir a uno de los dos progenitores.” (..).

Así pues, si tras solicitar la autorización del otro progenitor para proceder al cambio de centro escolar del menor, por la vía extrajudicial, no se obtiene un resultado favorable o el consenso del otro progenitor, se puede acudir a un procedimiento para obtener autorización judicial interponiendo una demanda contra la otra parte ante el Juzgado de domicilio del menor, alegando las razones necesarias y aportando pruebas que acrediten la necesidad del traslado o cambio en beneficio del menor.

La Ley 15/2015 de la Jurisdicción voluntaria es la que regula el procedimiento. Una vez presentada la demanda, el Juez dictará mediante auto la admisión de la medida que se solicite y le dará traslado de la demanda al otro progenitor para que en cinco días, si lo ve conveniente, presente escrito de oposición a la medida solicitada de contrario y señalará día y hora para una comparecencia en los días siguientes a la que convocará ambos progenitores, para que, asistidos de los medios de prueba que consideren comparezcan y de ese modo, el Juzgador pueda contar con todo lo necesario para tomar la decisión de autorizar o no el cambio de centro escolar o de traslado de centro escolar del menor.

Todas las decisiones relativas a la patria potestad de los hijos menores de edad deben ser tomadas de común acuerdo entre los progenitores. Intentar anteponer nuestras necesidades a las propias de nuestros hijos en la toma de decisiones que les afecten, no es buena idea. Tan solo escalaran los conflictos relacionales y harán que los menores sufran situaciones innecesarias o que, con una escucha activa y poniendo de parte de cada uno de ellos el apoyo y la empatía necesarias, se salvarían en beneficio de los menores y sin la necesidad de judicializar sus vidas.

Hay casos y casos. Situaciones donde el cambio de centro escolar es más o menos necesario. Miremos que es lo que más beneficia a nuestros hijos. Pero, tengamos en cuenta que hay situaciones, en ocasiones, alarmantes que, todo progenitor debe mirar de resolver porque requieren de una solución inmediata. Hay que dejar de anteponer disputas, faltas de entendimiento o de comunicación con el otro progenitor, cuando la situación de nuestros hijos requiere ayuda y atención.

Ante cualquier situación de acoso, miremos de apoyar a los menores y de facilitarles las cosas. Apartar a un compañero de clase por vestir distinto, por tener sobrepeso, o por estar delgado en exceso, por tener gustos o sexualidad distinta o por ser de otro país o por profesar una religión distinta, apartar y acosar a alguien, sea por el motivo que sea, nunca puede justificarse ni está o debe estar justificado.

Y, si me lo permitís, a esos menores que se puedan sentir solos o diferentes, a esos niños o niñas, o adolescentes que puedan sentir que no encajan, o a los que no entiendan porqué otros se ríen de ellos o se meten con ellos o ignoran, decirles que no están solos y, pedirles que no se callen ni tengan miedo a denunciar lo que les pasa o a manifestar cómo se sienten. Pedir ayuda es de valientes y, sobre todo, tened en cuenta siempre esto que el gran Mahatma Gandhi decía: “Primero te ignoran, luego se ríen de ti, después luchan contigo y, al final, ganas tú”.

No dejes nunca que nadie te haga sentir inferior. Todos valemos lo mismo: mucho.

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