¿Pueden exigirte el Pasaporte Covid?

Hace un tiempo, no muy lejano, en algún lugar llamado mundo, todos nos recibíamos entre besos y abrazos y, nos despedíamos a escasos centímetros o, de la mano. Nos prestábamos generosidad y nos regalábamos tiempo. Un tiempo que compartíamos entre comida, risas, caricias, o acercándonos entre afectos.

En algún lugar llamado mundo, a todos nos aproximaba el contacto y disfrutábamos de una libertad labrada durante siglos y de una seguridad cierta y que se aventuraba tranquila porque, cuando peligraba, era protegida y la curaban besos.

Compartíamos placeres –amores, conquistas, caricias, besos, música, viajes, logros, bailes-, nuestras manos recibían y entregaban. Vivíamos felices y seguros de nuestros futuros. Nos pensábamos imbatibles, invictos, o quizás, puede que invencibles, cuando, sin embargo, ilusos de nosotros, de golpe, nos invadieron el miedo, la soledad, la incerteza o la duda y la lucha.

Nunca en este lugar llamado mundo imaginamos poder sentirnos amenazados por algo que –aun ser aparentemente insignificante-, en tan poco tiempo, ha aniquilado tantos sueños y se ha llevado por delante a tanta gente.

Hace un año, nueve meses, siete días y, justo en este instante en el que escribo, doce horas, diez minutos y cuatro segundos desde que se acordó un estado de alarma que, por unos meses, pondría en suspenso nuestra vida.

Millones de personas en todo el mundo enfermaban y, muchos, de manera súbita y, en soledad, morían. La OMS anunció el 11 de febrero de 2020 que “COVID-19” sería el nombre oficial de una enfermedad que se nos presentó precipitada y de malos modos en forma de pandemia.

Absolutamente todo se paraba. Nuestras vidas peligraban y los Jefes de Estado de todo el mundo no encontraron otra forma o modo de protegernos que el de salvaguardarnos en nuestras casas, manteniéndonos seguros, solos y, a salvo de cualquier contacto.

Muchos, aterrados, nos conformábamos. Otros, incrédulos, sentían vulnerados sus derechos en tanto que un estado de alarma, decían, permite restringir movimientos en determinados sitios, lugares y tiempos, pero nunca antes se había utilizado para hacer un confinamiento total de la población de un país en sus domicilios durante tanto tiempo.

Y es que la población cada día se levantaba más impaciente y angustiada, entre dudas, despidiendo a diario y con enorme tristeza, a cuantas almas el televisor anunciaba que, en soledad, partían desgarrando a tantas familias que no tenían más remedio que el de contener el dolor que provoca no poder despedirse del cuerpo presente de un ser querido.

Negocios cerrados, E.R.T.E.S., falta de ingresos, solicitud desesperada de ayudas, impagos de alquileres, aplazamientos de hipotecas o préstamos, eran algunos de los problemas que ocupaban nuestra mente mientras convivíamos batallando con otras muchas inseguridades y nuevos miedos diarios.

Ya han pasado casi dos años y, tan solo las vacunas contra el COVID-19, las mascarillas o la distancia de seguridad parecen protegernos y dejarnos avanzar hacia la recuperación de una vida que se torne, de nuevo, segura y libre. Pero, no todo el mundo estamos vacunados todavía y, además, estamos frente a un virus que muta tan rápido que, continuamente, aparecen nuevas variantes del COVID-19 que acechan y nos ponen en un peligro constante.

Los ciudadanos del mundo tenemos ganas de recuperar cuanto antes nuestras vidas y derechos. Disfrutamos, desde hace escaso tiempo, con aparente prudencia, de las barras de los bares, de comidas y risas compartidas, o de roces cómplices y de bailes que nos envuelven y abrazan nuevamente.

Pero, cuando nos creíamos ya salvados y, sin querer, nos relajamos. De nuevo sube la incidencia de contagios. Una nueva variante se nos instala guerrera y, los Estados buscan de qué manera luchar hacia adelante sin tener que volver a restringir nuestras vidas y derechos.

Algunos plantean que en determinados sitios y lugares los ciudadanos deban mostrar su certificado o Pasaporte COVID para entrar y, de ese modo, poder continuar compartiendo con tranquilidad, sin la necesidad de que ciertos establecimientos deban limitar su actividad o cerrar de nuevo.

Pero, ¿si la vacunación no es obligatoria, pueden exigirte el Pasaporte Covid?

Hay países como Italia, Reino Unido o Francia donde desde hace ya un tiempo y, aun no ser obligatoria la vacunación, exigen a todo el mundo mostrar un pasaporte Covid para poder acceder a lugares públicos como bares, museos, cines, discotecas o restaurantes.

Son muchos los que indican que pedir el pasaporte Covid es hacer la vacunación obligatoria de una forma indirecta.

Pero, la inmunidad de grupo dicen que no llega y, en España, sin pretender estigmatizar a nadie por no haber podido recibir aun la pauta completa de la vacuna, traslada a los Gobiernos Autonómicos el pasaporte Covid como una posible solución que algunos critican y otros no.

Tras la subida de la incidencia en estos días e innumerables manifestaciones y críticas que nadan a corriente y a contracorriente de razones y sinrazones, se le trasladó aquí en Catalunya el problema al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), como de igual modo lo hicieron el resto de autonomías de este, nuestro mundo a sus tribunales autonómicos.

Tras deliberar y en pocos días, mediante Auto 869/2021, de fecha 25 de noviembre de 2021, dictado por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en autos del recurso nº 509/2021, se avala extender la exigencia del pasaporte Covid para acceder a la restauración, a los gimnasios y a las residencias de ancianos.

Es decir, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado la razón a la Generalitat, pero, aun así, la advierte de que, si precisa seguir ampliando la utilización del pasaporte Covid deberá justificar mucho mejor su petición.

Si analizamos el auto, aun diferenciar entre el régimen que afecta a derechos fundamentales y aquél otro régimen que no afecta a los mismos, no pone en duda que la petición que por parte de la Generalitat se realiza al Tribunal es para prevenir a la población con respecto a la alta incidencia de contagios que se ha venido produciendo con respecto a la “variante delta” y, a la que, posiblemente, hoy, se le añadiría, también la variante “Ómicron”.

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) indica expresamente que “el pasaporte Covid es la limitación de acceso de la ciudadanía a determinados lugares o servicios, permitiendo esa posibilidad de disfrute solo a aquellos que muestren determinada documentación, en particular, en lo que aquí se refiere, la que certifica estar vacunados, haberse sometido a pruebas próximas de control o haber pasado la enfermedad del Covid-19 en determinado lapso de tiempo”.

Continúa el Tribunal Superior de Justicia diciendo que “sobre esos controles, la Sentencia del Tribunal Supremo 1.112/2021, de 14 de septiembre, ya indicaba que se trataba de una medida que provoca la afectación de diversos derechos fundamentales como el derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución Española (CE), el derecho a la intimidad (art. 18.1 de la CE) y el derecho a la protección de datos de la persona (art. 18.4 de la CE)”.

En cuanto al derecho a la igualdad (artículo 14 de la CE), es cierto que hay una afectación o limitación de ese derecho para “aquellas personas que se vean privadas de acceso al interior de determinados establecimientos por no acreditar haber sido vacunados, o por no mostrar si se han realizado las pruebas exigidas o por no constatar que se ha recuperado de la enfermedad”. No hay que olvidar que la vacunación es voluntaria y que hay personas que no han podido ser vacunadas todavía o, que por cuestiones médicas no van a poder vacunarse.

El artículo 18 de la CE, trata sobre el derecho a la intimidad y, ciertamente, venir obligado a mostrar o a exhibir un documento que muestra aspectos de nuestra esfera personal o datos privados o íntimos sobre la salud, parece también afectar y limitar dicho derecho.

Vacunarse o no hacerlo, es en todo caso un dato personal y perteneciente a la esfera privada e íntima de cada uno. Se entiende como un dato, pues, que debe ser objeto de tratamiento, por lo que, de igual modo cabría la afección al derecho a la protección de datos que se recoge en el artículo 18.4 de la constitución Española.

Pero, aunque como hemos visto, la utilización o no del pasaporte Covid para acceder a determinados establecimientos parece incidir en ciertos derechos fundamentales, para valorar si realmente se da o no esa incidencia hay que comprobar si resisten al “triple juicio de proporcionalidad”, es decir: hay que comprobar si la medida tomada es apta para el fin (juicio de idoneidad), si es necesaria (juicio de necesidad), en el sentido de que no exista otra medida más moderada para la consecución del pretendido propósito con igual eficacia, y que la medida tomada sea equilibrada o ponderada por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto (juicio de proporcionalidad en sentido estricto).

La Sala Tercera contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), entiende que el pasaporte Covid es una medida que cumple favorablemente con ese triple juicio al que acabamos de aludir en este artículo.

Considera la sala que se trata de una medida idónea para luchar contra la propagación del virus, “en un entorno en el que la actitud jovial, aglomeración de personas, asociación a la interacción social, dificultad de mantener distancia social con mascarilla, etc., puede generar un mayor riesgo de contagio por la relajación de algunas cautelas”. Establece que son medidas necesarias para mantener en Catalunya la propagación del virus. Continúa estableciendo que son proporcionales, dado que, se permite de este modo a la restauración, gimnasios y centros residenciales, su reapertura sin que deban suspenden o limitar su actividad, y, en todo caso, existe ponderación entre la mínima restricción de derechos que supone la muestra de la documentación exigida y la protección de un bien jurídico tal como la salud individual y colectiva y, por supuesto el de la vida.

Desde este pasado viernes 4 de diciembre de 2021, en Catalunya se nos exige el pasaporte Covid para entrar en los locales de ocio y de restauración, en gimnasios y en residencias. Cada uno tendrá una opinión más o menos forjada al respecto, de hecho, en algún lugar de este mundo todos somos libres de expresar libremente nuestras opiniones e ideas. Pero, cuando los derechos y las libertades de cada uno chocan contra el derecho a la vida de todos los demás, quizás y, solo quizás, deberíamos parar y revisar la importancia de nuestras libertades.

Es importante ponderar derechos porque en este lugar llamado mundo, no hace falta que existan más “almas que mueran tras los pasos de una luna helada”, como Through the Spatial Dimensions tocaba en A new rise of the freezing moon”.

Tras la luna, siempre sale el sol y, cuando todo esto acabe, todos los ciudadanos de este nuevo mundo volveremos a verlo brillar y a compartir y a abrazarnos sin límites, luchando por nuestros derechos y libertades e, intentando mantener, siempre calientes en nuestros corazones, las almas de quienes perecieron en la soledad de aquella luna helada que hoy, en su lado nocturno, aun brilla en Júpiter.

 

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