Navidad. Tiempo de amor, tiempo de paz, de familia. Tiempo para compartir…

Dicen que, hasta que uno no siente la verdadera alegría de la Navidad, la Navidad no existe.

Y, sí. Es cierto que tal vez, el mejor adorno de Navidad es una gran sonrisa, pero…¿qué pasa si “El Grinch” te roba tus sonrisas y, también la Navidad?

No suele suceder, pero, de vez en cuando, en la vida, nos encontramos con personas que se olvidan de mostrarle al mundo una gran sonrisa. Viven en el dolor y en el rencor pensando cómo impedir que otros sean felices.

A veces sucede que, olvidamos mostrar nuestra mejor versión al mundo. Tras el divorcio, hay personas que se olvidan por completo de ello y su único empeño y afán, a partir de entonces, es el de hacerle pagar al otro por romper la relación, o por poder avanzar tras el fracaso de su amor.

Muchas veces, si hay hijos comunes, la situación se agrava y, “El Grinch” entra en bucle en la ejecución del mejor plan para herir al otro y así arruinarle la Navidad haciéndole daño con lo que más le aflige y también quiere: sus hijos.

En un artículo anterior, os hablábamos de la alienación parental  y en él, comentábamos como hay padres y madres que se ven, tristemente, obligados a apilar regalos para sus hijos Navidad tras Navidad, cumpleaños tras cumpleaños, porque el otro progenitor se ha empeñado en crear un entorno de rechazo y repulsa hacia el otro progenitor y consiguen que esos hijos no quieran verles, pasar tiempo con ellos ni recibir sus regalos.

Nuestro Grinch no se da cuenta de que, a pesar de haber logrado su objetivo –separar a los niños del otro progenitor– sus hijos no van a ser felices porque, la Navidad va más allá de los regalos, o de las decoraciones que maquillan o decoran relaciones, cariños y caricias.

Todo hijo necesita de su padre y de su madre. Todo hijo necesita compartir tiempo con ambos. Cuántas veces repetimos que los hijos no se separan. Se divorcian los padres, pero los hijos continúan teniendo un padre y una madre y siempre van a precisar pasar tiempo con ambos de igual forma a la que venían haciendo antes de que sus padres se divorciaran.

Con el régimen de visitas establecido en convenio regulador o sentencia se deberían acabar los conflictos entre los progenitores y, también en Navidad, pero, no siempre sucede así.

REPARTO DE LAS VACACIONES DE NAVIDAD TRAS EL DIVORCIO

Tras el divorcio, muchas personas olvidan lo que les gustaba del otro y, a veces, cuesta incluso encajar las celebraciones navideñas con las tradiciones familiares y el tiempo que cada uno de los progenitores deba ocupar con sus hijos.

Donde antes, cuando el matrimonio se dejaba llevar por las olas del amor, no había problema y ambos tenían claro con qué familiares se repartían el tiempo de las celebraciones navideñas, ahora, nadando a contracorriente en el desamor y sin salvavidas, todo implica un enconamiento: “que si tú y tu familia nunca habéis sido de celebrar la Nochebuena y ahora parece que solo quieras celebrarla para fastidiar a mi familia, que sabes que siempre la celebramos mucho”; “que por qué quieres pasar el fin de año tú con el niño, si tus hermanos no tienen hijos de su edad y sabes que en mi casa nos reunimos con todos sus primitos y se lo va a pasar mucho mejor”…

Hay que tener presente que, para los niños, la Navidad es magia e ilusión por los regalos, por la decoración, e incluso por las luces.  Pero, los hijos de padres separados o divorciados, se encuentran con todo tipo de dudas en estas fechas navideñas y que para ellos se presentan siempre tan importantes.

Durante esos días previos, se plantean ¿dónde pasarán la Navidad? o ¿dónde lo harán en Reyes?, querrán saber si Papá Noël, el Caga tió (en Catalunya) o los Reyes Magos conocerán la dirección donde esos hijos duerman en esas noches tan especiales para todos. Y, estaréis conmigo en que es importante poder saber de antemano todos los detalles para hacerles más fácil a los niños estos días festivos que con tanta ilusión esperan.

No existe un modelo único o una forma correcta o no de reparto de las vacaciones de navidad tras el divorcio o de distribución de los tiempos de estancia de los hijos con sus padres durante las vacaciones de Navidad, pero, sí es importante que, se acuerde la distribución que se acuerde, ambos progenitores miren de respetar y garantizar a sus hijos que puedan disfrutar de tiempo con ambos progenitores.  Y, hay que organizarse con tiempo, puesto que, todos querrán conocer de antemano si el nieto irá a cenar en Nochebuena o, si el día de Navidad pasarán a recoger sus regalos por casa de un tío u otro o, quién llevará al hijo a la Cabalgata de Reyes o le acercará al paje para tirar su carta. Es pues muy importante organizarse y, hacerlo con tiempo.

Lo habitual o normal es que cada uno de los progenitores tenga a los hijos al 50% durante el período de vacaciones escolares, pero, cuando no hay acuerdo entre las partes, si estamos ante un procedimiento contencioso y, siempre que exista alguna circunstancia especial que impida que las vacaciones se den al 50% entre los progenitores, el Juzgado, en esos casos, puede tomar la decisión de optar por otro tipo de reparto.

Por ejemplo, si uno de los progenitores reside en el extranjero, es habitual que, ya que no va a poder tener un régimen de visitas y estancias entre semana con el menor y, es muy probable que tampoco pueda hacerlo en semanas alternas, se le va a mirar de compensar ese tiempo de menos con sus hijos con un reparto de tiempo mucho más amplio durante las vacaciones escolares de los niños.

Si existe acuerdo, entre los cónyuges, mediante convenio regulador, se pueden repartir las vacaciones escolares de los hijos como consideren oportunas, incluso hay casos, donde las circunstancias aconsejan mantener durante esos días vacacionales el régimen de visitas y estancias ordinario. Pero, lo habitual, como digo, es que los cónyuges, procedan al reparto de las vacaciones de Navidad tras el divorcio distribuyendo las vacaciones escolares de Navidad, mediante dos períodos comprendidos desde el día en que acaban el curso escolar hasta el día 30 o 31 de diciembre y, desde el día 30 o 31 de diciembre, hasta el día de inicio del curso escolar nuevamente que, se repartirán entre los cónyuges de manera alterna cada año.

De este modo, uno de los progenitores tendrá a su hijo consigo un año, durante Nochebuena, Navidad, Sant Esteve (en Catalunya) y, el otro progenitor lo tendrá la noche de Fin de Año, Año Nuevo, la noche de Reyes y el día de Reyes. Y, al año siguiente, se cambiarán los períodos.

Con este reparto del tiempo de convivencia durante las vacaciones de navidad de los hijos, ambos progenitores disfrutarán de un reparto de las vacaciones de Navidad tras el divorcio  equilibrado e igualitario y, de ese modo, los hijos sentirán mismo vínculo con ambos progenitores, pero también con las familias extensas de ambas partes. Los hijos podrán relacionarse de igual modo con los abuelos paternos y maternos, con sus tíos, primos, y cualquier otro familiar o allegado de una u otra rama.

Incluso, puede establecerse en días señalados un sistema de reparto mixto, haciendo que en días especiales como Navidad y Reyes, el progenitor a quien no le corresponda estar con el hijo, pueda visitar durante un par de horitas a los niños para darles los regalos que Papá Noël, y Reyes Magos les hayan dejado en sus casas.

Hay padres que, prefieren repartirse las vacaciones de Navidad, pero, de un modo distinto, alternando días en lugar de períodos enteros. De ese modo, durante las vacaciones, los hijos seguirán disfrutando del régimen de visitas ordinario repartiéndose el tiempo con el niño según las circunstancias y disponibilidad de cada progenitor, haciendo que pasen Noche buena con el uno, Navidad con el otro, Sant Esteve, con el uno y, así sucesivamente hasta finalizar las vacaciones del hijo. Este sistema de reparto de las vacaciones de Navidad tras el divorcio no es habitual, pero, cuando estamos ante las primeras vacaciones de Navidad y los hijos son muy pequeños o lactantes, puede funcionar. De ese modo, el menor los ve a los dos y, no ha de pasar períodos largos separado del otro progenitor, lo que le da una tranquilidad en esas primeras vacacionas navideñas para las que siempre hasta ahora había contado con el referente de ambos.

En definitiva, hay que decir que cabe cualquier tipo de reparto, siempre que se mantenga el derecho de los niños a disfrutar de ambos progenitores en estos días tan señalados. Hay que evitar el conflicto, pero, incluso así, teniéndolo todo pactado de manera clara, a veces surgen disputas entre los progenitores que pueden incluso, empañar las fiestas de todos los familiares. Problemas con los cambios de turno de estancia de los hijos, cuando se recoge tarde a los menores o cuando se retornan de forma extemporánea. O, incluso cuando no se recogen en el día y hora acordados. Hay que intentar evitar problemas porque ello hará que tus hijos se vean afectados en unas fechas que para ellos, como hemos dicho, deben ser mágicas.

Cuando hay acuerdo entre las partes y tienen convenio regulador o sentencia al respecto de los períodos vacacionales de navidad que corresponde a los progenitores pasar con sus hijos, no hay problema, pero, que sucede cuando no existe acuerdo entre los progenitores, o, aun existiendo, no se ponen de acuerdo en a quién le corresponde pasar un día u otro.

¿CUANDO HAY QUE COMUNICARLE AL OTRO PROGENITOR LAS FECHAS ELEGIDAS DE NAVIDAD?

En caso de desacuerdo, y para evitar problemas de este tipo, en los convenios reguladores se suele poner una cláusula que indica que un progenitor elegirá el período en los años pares y el otro lo hará en los impares. De este modo, evitamos disputas sobre quien elige qué y cómo.

Pero, aun así, hay que organizarse con tiempo para que pueda existir una buena planificación por parte de los dos progenitores con respecto a las vacaciones de Navidad. Si el convenio regulador indica que se hará por mitad, mediante períodos alternos, no hay problema. Pero, si lo que se reparten son días festivos, ¿cuándo hay que comunicar las vacaciones elegidas?

Pues, en principio, hay que estar a la fecha pactaa para comunicar los días elegidos y que conste en el convenio regulador o sentencia. Y, si no comunican en ese plazo los días elegidos, se entenderá que renuncia a elegir período y, entonces, será el otro progenitor quien elija.

Hay que intentar hacer que las vacaciones de Navidad sean especiales para vuestros hijos. Evitar conflictos para que ellos disfruten de estos días. Recordad que la Navidad es compartir y, lógicamente, cuando vuestros hijos estén con vosotros, quizás quieran contarle algo mágico al otro progenitor, o preguntarle sobre algún punto que para ellos sea importante en Navidad. Por ello, es bueno mantener con el otro progenitor una vía de comunicación abierta para que vuestros hijos puedan compartir con ambos su Navidad.

Y es que, si lo hacemos todo en Navidad pensando en los niños, en lugar de haciéndolo en nosotros mismos, haremos que “El Grinch”- como sucede al final del cuento del Dr. Seuss-, devuelva todos los regalos robados o privados y, al final, comparta la Navidad con el otro progenitor haciendo de esos días mágicos para sus hijos un lugar donde reine, sin duda, la felicidad, y una generosidad familiar compartida.

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