Nacionalidad española: ¿Qué es y cuáles son los requisitos para conseguirla?
Dicen que, de manera consciente o inconsciente, todos nos dejamos guiar por los sentimientos. Pero, contrariamente, en nuestro mundo, prima la razón, la inteligencia, el comprender más que el emocionarse o el sentir.
Si te dejas llevar por los sentimientos, resulta que eres poco práctico e inteligente porque se ve que, es la inteligencia la que te lleva al éxito personal y profesional. Y, aunque, de vez en cuando, la vida te pide ser frío y calculador, lo cierto es que, por lo menos yo, me dirijo con frecuencia y de forma instintiva solo a sitios donde siento afectos o placer porque solo así soy capaz de conseguir avanzar por la vida de manera interesante. Solo camino hacia donde mi corazón siente y se inclina.
Y, es cierto que, aunque soy bastante racional, a veces, fallo, porque, soy de las que prefieren pensar sintiendo. Me niego a pensar en la razón y en los sentimientos como polos opuestos. Creo firmemente que los sentimientos siempre ayudan a tomar las decisiones correctas y a pensar o a razonar de manera inteligente o, por lo menos, ayuda a tomar decisiones procurando no dañar al resto.
Pero, no todo el mundo se sabe manejar entre sentimientos y afectos y, a veces, el no saber hiere. Si pensamos en nosotros como individuos, seguro que estamos de acuerdo en algo: todos, durante el transcurso de nuestra vida, en todo momento, nadamos entre vínculos y afectos, ya sean familiares, de amistades, amorosos, sociales, culturales, políticos, históricos, etc.
Todos nos sentimos parte de algo y de un todo porque somos seres relacionales y vivimos en sociedad. Nuestra identidad, aquello que nos define y caracteriza, se complementa estando en contacto con el reto, con los demás. Cada uno de nosotros es un ser individual pero, estoy segura que, hoy por hoy, sin el contacto con los demás, no seríamos capaces de sobrevivir. Somos parte de algo y nos gusta porque nos identifica. Y, de igual manera, el hecho de nacer en un determinado lugar o, el vivir en otro lugar distinto al de tu nacimiento pero que haces tuyo, cuando sientes que te unen unos determinados valores, mismos afectos, historia parecida y cultura que te atrapa, se crea también ese vínculo. Un vínculo a una patria que por emociones y sentimientos, te identifica.
Con este artículo, no pretendo entrar en patriotismos y, mucho menos, en nacionalismos. Como os decía, soy más de sentimientos, emociones y de afectos y, si me lo permitís, hoy os voy a hablar de ello: de la necesidad o del interés –porque, en ocasiones, pueden darse afectos interesados– de pertenecer a una patria por permanencia continuada, por sentimiento o por afecto, por opción o por descendencia. Os voy a hablar de la nacionalidad española, de sus formas y de cuáles son los requisitos necesarios para poder adquirirla.
¿Qué es la nacionalidad española y, como se adquiere?
Wikipedia define a la nacionalidad –a veces llamada nacionalidad jurídica o nacionalidad administrativa–, “como la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto”. Y, añade: “este vínculo de un individuo con un estado genera derechos y deberes recíprocos”.
El artículo 9.1 del Código Civil español expresamente indica que “la ley personal correspondiente a las personas físicas es la determinada por su nacionalidad. Dicha ley regirá la capacidad y el estado civil, los derechos y deberes de familia y la sucesión por causa de muerte. El cambio de la ley personal no afectará a la mayoría de edad adquirida de conformidad con la ley personal anterior”.
La nacionalidad española es un derecho, pues, que pueden conseguir determinadas personas que cumplan ciertos requisitos, y que otorga ciertos beneficios como el de permitir residir en España de manera indefinida a quien se le otorga, realizar cualquier trámite administrativo de manera más sencilla que si eres extranjero, podrás conseguir la opción a voto en España, podrás circular libremente por diferentes países y tendrás derecho a vivir y trabajar en cualquier lugar dentro de la Unión Europea.
La forma más común de nacionalidad española es por derecho de nacimiento. Siempre que hayas nacido en España y tus padres sean españoles, te conviertes directamente en un nacional del territorio español. Pero, el Código Civil acepta otros procedimientos que pueden permitirte, como extranjero, conseguir la nacionalidad. Así pues, existen cuatro formas de conseguir la nacionalidad española.
Si eres extranjero y has estado viviendo en España durante varios años y tienes una residencia permanente y te gustaría seguir quedándote en España, quizás, te interese solicitar la nacionalidad española, y no una tarjeta de larga duración o permanente, pero antes, comprueba si puedes conservar tu nacionalidad original o si debes renunciar a la misma para obtener la nacionalidad española.
En ocasiones, si eres ciudadano de Andorra, Portugal, Francia, Guinea Ecuatorial, Filipinas o, de algún país latinoamericano, podrás obtener la doble nacionalidad sin la necesidad de renunciar a la original. En caso contrario, debes tener en cuenta que, al concederte la nacionalidad española, deberás renunciar a tu nacionalidad original.
Hemos dicho que hay cuatro formas de conseguir la nacionalidad española, ¿cuáles son y qué requisitos son necesarios?
La opción más común para obtener la nacionalidad española es la de la nacionalidad por residencia. Si has residido legalmente en España de forma ininterrumpida y continuada durante un determinado tiempo, puedes conseguir la nacionalidad española por residencia.
Mediante esta forma, si resides de manera regular y continuada en España, renovando tus permisos de residencia las veces que sean necesarias, podrás solicitar la nacionalidad española.
Hay que residir de entre 1 a 10 años en España para conseguir la nacionalidad española. Pero, aun así, has de tener en cuenta que, la cantidad exacta de tiempo dependerá de tu situación personal o particular, de tus lazos familiares y, por supuesto, dependerá del país del cuál seas nacional de origen. Así pues, la regla general, será la de los 10 años de residencia continuada, pero, si tienes la condición de refugiado, se reducirá el plazo a cinco años y, si eres un extranjero procedente de cualquier país latinoamericano, de Andorra, Guinea Ecuatorial, Filipinas o Portugal, con tal solo dos años de residencia continuada y regular en España, podrás optar por la nacionalidad española. Pero, hay que tener en cuenta que si te casas con un español o eres hijo o nieto de español nacido en España, tan solo necesitarás residir de manera regular y continuada en España durante un año y, pasado el mismo, podrás solicitar la nacionalidad española.
Debes tener en cuenta que el recuento de los años de residencia continuada necesario para que puedas solicitar la nacionalidad española, empieza a contar desde la validez de tu primera tarjeta o permiso de residencia en España. No contará el tiempo que hayas permanecido en España con visado de estudiante o de turista. Deberás acreditar haber vivido en España de manera ininterrumpida, es decir: hay que acreditar no haber salido de España durante más de 3 meses. Por otro lado, el período de residencia en España no es el único requisito exigido para poder solicitar la nacionalidad española por residencia. Deberás asegurarte de mostrar un comportamiento cívico adecuado y no tener antecedentes penales ni policiales.
Pero, hay otra forma de obtener la nacionalidad española y es la nacionalidad por matrimonio o, como en alguno de nuestros videos de YouTube explicamos, “la malentendida nacionalidad por matrimonio”, porque, no por estar casado o casada con un español puedes obtener la nacionalidad española, sino, que lo cierto es que, el hecho de estar casado o casada con un español o española, tan solo facilitará o acortará el plazo para conseguir poder solicitar la nacionalidad española. Si te casas con un español o española –si te haces pareja de hecho, no-, solo podrás nacionalizarte como español por esta vía, si, tras tu divorcio, resides de manera regular en España durante un año con permiso de residencia. En tal caso, tras doce meses de convivencia conjunta con tu cónyuge podrás iniciar, acortando plazos, el proceso de solicitud de nacionalidad española, acreditando que, has residido de manera regular durante un año de convivencia continuada con tu cónyuge español.
La tercera forma existente para poder conseguir la nacionalidad española es la nacionalidad por opción que, se da cuando un extranjero puede obtener la nacionalidad española por el hecho de que alguno de sus padres la obtuvieron con anterioridad.
Pero, ¿Quién puede entonces beneficiarse de la ciudadanía por opción? En primer lugar, los hijos de ciudadanos extranjeros nacidos en el territorio español, también las personas mayores de 18 años pero que fueron adoptadas por ciudadanos españoles y, todos aquellos que estén o hayan estado bajo la guarda y custodia de un español.
Del mismo modo, debes tener en cuenta que si eres extranjero y tus hijos nacen en España, podrían ser considerados españoles por simple presunción (de manera directa), pero solo si los padres de ese hijo menor son de Argentina, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador (si los hijos nacieron antes de 2008), Guinea-Bissau, Perú, Sáhara, Suiza, Santo Tomé y Príncipe y Venezuela. Si eres de alguno de estos países y tu hijo nace en España, dado que tu país de origen no le asignará tu nacionalidad por haber nacido fuera de su territorio, por presunción se le dará la nacionalidad española. Lo mismo sucedería si ese niño o niña tuviese madre marroquí y fuese soltera y el padre -con el que no estaría casada en el momento- fuese de alguno de los países mencionados, o si alguno de los progenitores fuese de alguna región determinada de Palestina y siempre que se diesen determinados requisitos.
Y, en último término tenemos la nacionalidad por descendencia. Mediante esta forma, los hijos de padres españoles pueden obtener la nacionalidad española de forma inmediata y sencilla. ¿Pero qué pasa con sus nietos? ¿los nietos podrían conseguirla? Hasta hace unos años no. La ley de nacionalidad simplemente no incluía esos casos. Pero, con la aprobación de la nueva ley de nietos o de memoria democrática, si eres nieto de un ciudadano español y estás dentro de alguno de los grupos que acoge la ley y que, a continuación te indicamos, puedes conseguir la nacionalidad española.
Si eres hijo de aquellos que obtuvieron la nacionalidad española a través de la conocida ley de memoria histórica, pero no pudieron obtener la nacionalidad por opción cuando la ley entró en vigor, ya que eran mayores de 18 años, podrán solicitar la nacionalidad española por descendencia.
Igualmente, los nietos de mujeres españolas nacidas en España y casadas con ciudadanos no españoles antes de la creación de la Constitución de 1978 podrán solicitar la nacionalidad española y, también podrán hacerlo los nietos de españoles que obtuvieron la nacionalidad de otro país después de salir de España antes de que sus hijos nacieran (por lo que sus hijos no pudieron obtener la ciudadanía española) y, los nietos de ciudadanos españoles que, aun teniendo la posibilidad de obtener la ciudadanía por opción, perdieron la oportunidad al hacerse mayores de 18 años.
A veces, como en el amor, existen intereses o afectos diferentes. Pero, lo importante es dejarse llevar por aquello que te haga feliz y te haga formar parte de un todo. A veces, eres de un lugar determinado pero tu corazón se siente feliz en otro. Porque el corazón tiene el poder de resonar y de adaptarse al contagiarse con el resto de miembros de un grupo. En ocasiones, se dan diferentes conexiones que nos sincronizan con parejas, con amistades, familia, con la música, paisajes o con idiomas y comidas distintas. Pero, si de algo estoy segura es de que, tu hogar, siempre estará donde tú sientas que está tu corazón. Por eso, deseo que, tomes la decisión que quieras sobre tu patria o sobre cualquier aspecto de tu vida, pero, decidas lo que decidas, camina solo hacia donde tu corazón se sienta feliz y te incline a ir.